miércoles, 3 de diciembre de 2014

La mesa negociadora de Supersol Spain llega al final de la negociación

En una intensa sesión de la mesa negociadora del convenio de Supersol Spain, que iniciábamos a las 16 horas del día 1 de diciembre y que concluía pasadas las 5 de la madrugada, se alcanzaba el final del proceso negociador con la suscripción del acta final por parte de las organizaciones mayoritarias de la mesa en representación de la mayoría de los miembros del comite intercentros. 
 
Un acta final que recoge los avances que hemos logrado desde las representaciones sindicales de UGT y otro sindicato, y que esencialmente suponen: 
 
1.    Retirada por parte de la empresa de afectar salarialmente a los que habían denominado desposicionados salariales y funcionales. Que como recordareis la empresa pretendía una rebaja salarial para estos colectivos que hubiese afectado a mas de 1.000 trabajadores y trabajadoras. Por tanto nadie se vera afectado por reducción salarial por la vía de desposicionamiento ni por estar clasificado en grupo diferente al de las funciones que realiza.
 
2.    Retirada de las pretensiones de la empresa de excluir ningún periodo vacacional, que como recordareis la empresa pretendía excluir los meses de julio y agosto del derecho al disfrute de vacaciones en las zonas de afluencia turística y periodo de Navidad en el conjunto de la empresa.
3.    Retirada de su pretensión de reducir la cobertura en casos de IT, por tanto se mantiene la actual regulación del convenio que garantiza el 100% de cobertura desde l primer día.
 
4.    Retirada de su planteamiento de congelar la antigüedad, y en consecuencia se mantiene lo regulado en esta materia en el convenio colectivo y la generación de cuatrienios o quinquenios de acuerdo con los convenios provinciales que mantienen la antigüedad viva.
 
5.    Retirada de su pretensión de incluir en el régimen disciplinario de la regulación de las grabaciones a efectos de prueba en la aplicación de sanciones, por tanto no se modifica ninguno de los capítulos de este tema.
 
6.    En relación con la recuperación de los compromisos que finalizan el año 2014, y que eran consecuencia del anterior proceso de modificación de condiciones, y tras un largo debate en el seno de la mesa negociadora, se concluía con la fijación de los siguientes  porcentajes de recuperación, que afectaran a los trabajadores y trabajadoras que estuvieran de alta en la empresa a 31/12/12 ( fecha de inicio de aplicación del acuerdo anterior) y que están encuadrados en el grupo 1 y por tanto sujetos a salario base, plus transporte, antigüedad y plus de reclasificacion, para el año 2016 un 1% sobre los conceptos mencionados, para el año 2017 un 2% sobre dichos conceptos y para el año 2018 un 3% que quedara consolidado a partir del 2019. Con este contenido se estaría recuperando y consolidando la mitad de la antigua paga de beneficios.
 
7.    Así mismo y como veníamos planteando desde las representaciones sindicales de UGT y CCOO, los salarios bases con consolidación en tablas tendrán un incremento para los años 2017 y 2018 de un 0,1% por cada millón de euros positivos que resulten del EBITDA, con el tope del 2%. Ello en base a las previsiones que para estos dos años prevén los informes económicos que hemos analizado en la mesa negociadora.
 
8.    Se fija una homogeneización del pago de los festivos e inventarios ( que tienen el carácter de voluntarios) en una reducción del 30% sobre lo que actualmente se cobra con la garantía de 10 euros por hora de trabajo.
 
9.    En relación con la pretensiones de modificación de la actual regulación que contiene el plan de empleo en cuanto a la calificación de movilidad geográfica, se fija que se entenderá que no existe movilidad geográfica siempre que se produzca entre localidades limítrofes o existe una distancia inferior de hasta 15km.
 
10. Así mismo se fija como referencia para las indemnizaciones en el plan de empleo 28    días de salario por año de trabajo con un tope de 18 mensualidades.
 
11. En base a nuestro planteamiento sobre la integración del plus transporte en la estructura salarial, se fija que el mismo se convertirá en un concepto salarial que no será ni compensable ni absorvible y revalorizable.
 
12. En cuanto a la pretensión de la empresa de suprimir los pluses de frío y la bolsa de vacaciones, se acuerda su mantenimiento si bien para el cobro de la bolsa de estudios se fija la necesidad de un año de antigüedad en la empresa.
 
13. Finalmente se fija una vigencia de cuatro años para el convenio colectivo. 
 
En conclusión estas son las cuestiones esenciales que han quedado reflejadas en el acta final del proceso de negociación y que serán sometidas a la consulta y valoración al conjunto de la plantilla en cada una de los centros de trabajo, quedando los componentes de la mesa comprometidos a su concreción en los contenidos del futuro convenio colectivo de Supersol Spain. 
 
Desde la representación sindical de UGT, queremos dejar constancia de que los contenidos del acta final son el reflejo del esfuerzo negociador que desde el primer dia pusimos en marcha con el objetivo de lograr que la empresa, por un lado diera cumplimiento a los compromisos adquiridos y por otra parte retirara sus planteamientos de reducciones salariales y sociales como era su objetivo inicial. 
 
Todo ello siendo conscientes que este resultado se produce en el seno de una empresa que se encuentra en una situación difícil y complicada en cuanto a sus resultados económicos y que se agravan por la acumulación de perdidas en los últimos años. 
 
Por tanto los contenidos de este acta final que sometemos a la valoración del conjunto de la plantilla, es el resultado de nuestro compromiso por buscar una solución negociada que evite otras pretensiones de la empresa que tendrían unos efectos desproporcionados sobre el conjunto de trabajadores y trabajadoras, y que en el marco de la actual legislación limitaría nuestra capacidad de modificarlas. 
 
En consecuencia consideramos que finalmente hemos logrado desde la mesa negociadora dar una solución a problemas de viabilidad del conjunto de la empresa garantizando las condiciones de los trabajadores, recuperando parte de los compromisos pendientes que tienen unos efectos mayores sobre los colectivos mas desfavorecidos y garantizando las perspectivas de incremento de los salarios del conjunto de la plantilla.