La
Audiencia Nacional ha dado la razón a UGT y ha declarado que el convenio
colectivo nacional de los servicios de prevención ajenos en la empresa Umivale
Prevención sigue vigente. La compañía había dejado de aplicarlo tras considerar
que su contenido decaía porque la reforma laboral estableció que la
ultraactividad —la prórroga automática de un convenio en ausencia de otro— solo
podía aplicarse por un periodo de un año.
Según
ha informado la Federación de Servicios de UGT (Fes-UGT), el convenio sectorial
de los servicios de prevención ajeno, que afecta a unos 20.000 trabajadores,
establecía su vigencia se mantuviese en tanto no se lograra un acuerdo entre
las partes para sustituirlo.
El
fallo de la Audiencia Nacional, que surge a partir del conflicto colectivo que
había promovido UGT contra la mutua Umivale, establece que el consentimiento
que daban las partes a mantener la vigencia del convenio hasta su sustitución
"no queda invalidado" por el cambio de la legislación laboral. Ahora,
como ocurría antes, la normativa solo opera en los casos en los que no haya
acuerdo entre las partes, señala la sentencia.
"La
posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible
para las partes y escogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que
no era su voluntad desplazar el régimen anual que el legislador propone ahora
de modo subsidiario", sostiene la resolución de la Audiencia.
De
esta forma, declara que el convenio del sector debe mantener su vigencia en la
mutua de accidentes Umivale hasta que no se pacte uno nuevo. UGT confía en que
esta decisión se convierta en un referente para todo el sector, que anime a las
patronales ASPA, Anepa y Asprem a retomar la negociación de un convenio que
tienen "bloqueado".