martes, 26 de noviembre de 2013

AUDIENCIA NACIONAL INTERPRETA QUE LAS PARTES PUEDEN MANTENER VIGENTE LOS CONVENIOS COLECTIVOS POR EL PRINCIPIO DE ULTRAACTIVIDAD SIN LIMITACIÓN ALGUNA

La Audiencia Nacional ha dado la razón a UGT y ha declarado que el convenio colectivo nacional de los servicios de prevención ajenos en la empresa Umivale Prevención sigue vigente. La compañía había dejado de aplicarlo tras considerar que su contenido decaía porque la reforma laboral estableció que la ultraactividad —la prórroga automática de un convenio en ausencia de otro— solo podía aplicarse por un periodo de un año.

Según ha informado la Federación de Servicios de UGT (Fes-UGT), el convenio sectorial de los servicios de prevención ajeno, que afecta a unos 20.000 trabajadores, establecía su vigencia se mantuviese en tanto no se lograra un acuerdo entre las partes para sustituirlo.

El fallo de la Audiencia Nacional, que surge a partir del conflicto colectivo que había promovido UGT contra la mutua Umivale, establece que el consentimiento que daban las partes a mantener la vigencia del convenio hasta su sustitución "no queda invalidado" por el cambio de la legislación laboral. Ahora, como ocurría antes, la normativa solo opera en los casos en los que no haya acuerdo entre las partes, señala la sentencia.

"La posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible para las partes y escogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que no era su voluntad desplazar el régimen anual que el legislador propone ahora de modo subsidiario", sostiene la resolución de la Audiencia.


De esta forma, declara que el convenio del sector debe mantener su vigencia en la mutua de accidentes Umivale hasta que no se pacte uno nuevo. UGT confía en que esta decisión se convierta en un referente para todo el sector, que anime a las patronales ASPA, Anepa y Asprem a retomar la negociación de un convenio que tienen "bloqueado".