lunes, 12 de febrero de 2018

Resolución sobre Economía Colaborativa, última reunión Área Acción/Política Sindical UGT Madrid

Desde la Secretaría de Política Sindical de UGT Madrid os hacemos llegar la resolución de la reunión que tuvo lugar el mes pasado en la que participaron todas las Federaciones Regionales y Uniones Comarcales en la área de Acción/Política Sindical de UGT Madrid.
Internet y las nuevas tecnologías han impulsado modelos de consumo alternativo en los últimos años. La relación entre quien ofrece un producto y quien tiene una necesidad concreta está cambiando de manera significativa.
Uno de los modelos que más adeptos gana día tras día es la economía colaborativa, el cual se basa en prestar, alquilar, comprar o vender productos o servicios en función de necesidades específicas y no tanto en beneficios económicos. De hecho, en este sistema es posible que el dinero no sea el único valor de cambio para las transacciones.
El concepto y la forma organizacional de la empresa han ido evolucionando a lo largo de los años. En el pasado era algo más familiar. Los trabajadores eran una parte esencial de ella y los beneficios del incremento en la producción eran compartidos entre empleados y directivos. Esto cambió radicalmente. Se pasó a maximizar el valor de las acciones y a recompensar muy fuertemente a los altos directivos. Los trabajadores pasaron a ser considerados un centro de costes que debe ser minimizado.
Desde la Organización vemos necesario cambiar la forma de llamar a este tipo de economía, que más allá de colaborativa, donde arroja una imagen de intercambio y trueque con la referencia a la colaboración, creemos más acertado llamarla “ECONOMÍA DIGITAL”
La economía digital del siglo XXI, ha evolucionado. La empresa es una red en la que los especialistas prevalecen sobre los empleados. Muchos de los recursos, si no la mayoría, estarán externalizados. Minimizar gastos fijos internos y maximizar los puntos de contacto externos es lo que prima.
Las nuevas tecnologías permiten reducir los costes de coordinación social y los de transacción económica a través de plataformas digitales. En un futuro no muy lejano, la mayoría de las oportunidades para generar ingresos van a estar mediadas por plataformas digitales y el jefe pasará a ser un algoritmo o un robot.

Este tipo de consumo tiene una serie de beneficios
Son muy diversas las ventajas de este modelo de economía para los negocios. Algunas de las más destacables son:
  • El ahorro. La mayoría de productos o servicios que se ofrecen a través de este sistema tiene precios módicos o, incluso, simbólicos.
  • Desarrollo sostenible. La economía colaborativa estimula el segundo uso de los productos. Lo que alguien ya no necesita, puede tener un nuevo destinatario en alguna red de contactos. Se aboga por un consumo moderado.
  • Gestión de recursos. Otro principio de la economía colaborativa es que si a alguien sirve una cosa, lo más probable es que a otra persona también. ¿Por qué no compartirlo? El mejor ejemplo son los coches de carretera, que pueden servir para llevar a varios pasajeros con destinos próximos.
  • Mayor oferta. Los productos con un segundo uso y los servicios compartidos amplían la oferta de los mercados tradicionales. Sin la economía colaborativa, es posible que éstos nunca vieran la luz.
  • Beneficio medioambiental. La reutilización y los servicios compartidos son una buena manera de contribuir al cuidado y la sostenibilidad de los entornos.
  • La inmediatez, la economía bajo demanda que se activa desde una app.
·         Un cierto grado de estandarización y calidad de servicio, gracias a normas internas de las plataformas y las valoraciones por parte de los clientes.
·         Un precio muy ajustado, que a todos nos parece bien.
Todas estas ventajas hacen ver el papel relevante que aportan a la economía y empleo, pero estos tipos de beneficios no compensa lo que realmente esconde la falsa economía digital, la cual amparada un vacío legal, parece ser que escampan a sus anchas, perjudicando las relaciones laborales y a los trabajador@s, dando lugar a la precariedad laboral, ya que empresas como Deliveroo, Glovo, JustEat o Ubereats ocultan situaciones de precariedad en las condiciones de sus trabajadores.
Este nuevo modelo de negocio está enfocado en hacer a los trabajadores y trabajadores débiles mediante su individualización y mediante la exterminación de la negociación colectiva.
Es por ello que se hace necesario establecer un marco de regulación laboral donde puedan coexistir estas plataformas sin  precarizar el empleo y sin que se cree una economía en B, donde el fraude fiscal no tenga cabida, tal cual lo está haciendo ahora, y donde no se puedan eludir impuestos. Y por supuesto que se apliquen los Convenios Sectoriales de la actividad donde el trabajador/a preste servicio, donde se proteja  y regule dentro de este nicho de empleo, los derechos de los trabajador@s.
Como se puede observar, la economía digital implica una serie de cambios, grandes y pequeños, radicales y estéticos, en los valores predominantes hasta la fecha. Asistimos desde ya a una adaptación en todos los frentes.


DESDE UGT VEMOS UNA SERIE DE SOLUCIONES PARA QUE LA ECONOMÍA DIGITAL NO SIGNIFIQUE PRECARIEDAD.
·         En primer lugar, y como hecho fundamental, estos trabajadores deben ser considerados como trabajadores por cuenta ajena, con todos los derechos y obligaciones que ello conlleva.
·         Es primordial que se apliquen los  Convenios Sectoriales de la actividad donde el trabajador/a preste servicio,  para hacer prevalecer y proteger los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
·         Regular los mecanismos para que los trabajadores/as tengan contacto entre ellos, en aras de minimizar la desconexión con el resto de compañeros de trabajo. En un negocio donde los trabajadores/as no se conocen entre sí, ni tienen trato directo entre ellos, es muy complejo crear relaciones de confianza suficientes para elegir representantes. Las dinámicas de estas empresas hacen difícil la existencia de una representación unificada.     
·         Que se establezca un “salario digno” y que todo aquel que lo solicite pueda trabajar al menos 20 horas semanales.
·         La flexibilidad introducida en el mercado laboral por los portales vinculados a la economía digital está chocando frontalmente contra el entramado jurídico-normativo aplicable al trabajo, por lo que hay que regular un marco laboral.
·         No todas las plataformas digitales son iguales hay que diferenciar estas plataformas digitales por su propósito principal.
·         Conseguir más plataformas digitales responsables que vayan más allá de las prácticas capitalistas del siglo XX donde los trabajadores son un centro de coste a minimizar.
·         Comprender el futuro del trabajo en el siglo XXI, incluyendo la automatización y la robotización, y cómo la tecnología puede ser una aliada y no una enemiga, y en donde se dé la formación necesaria a estos trabajadores y trabajadoras para tener acceso a ello.
·         IMPORTANTE: colaboración entre organismos públicos y plataformas para facilitar procesos de recaudación tributaria y de gestión de cotizaciones.
·         Definir un salario mínimo y un  límite al número máximo de horas trabajadas por día así como regular unas mínimas, que con el Convenio Sectorial de aplicación se quedaría atado.
·         Velar porque no produzcan discriminación de género, etnia, raza o edad

·         Cargo de coberturas tales como un seguro de accidentes y un plan de riesgos laborales.