1. Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo no coincida con
el de apertura de las mesas electorales, o lo haga por un período inferior a
dos horas, no tendrán derecho a permiso retribuido.
2. Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en dos
o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas
electorales tendrán permiso
retribuido de dos horas.
3. Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en
cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las
mesas electorales tendrán un permiso
retribuido de tres horas.
4. Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en seis
o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales tendrán un permiso retribuido de cuatro
horas.
5. En los trabajadores/as a tiempo parcial los permisos
retribuidos se verán reducidos en proporción a la jornada de trabajo que desarrollen
y la jornada habitual de los trabajadores/as a tiempo completo.
Corresponde a la
empresa la distribución del periodo en que los trabajadores/as disponen del
permiso para acudir a votar.
Aquel que esté en una de esas circunstancias debe comunicar a su empresa su intención de votar ese día, con el permiso retribuido
que le corresponda. Hacedlo por duplicado (una copia para la
empresa y otra para vosotros/as) para luego poder justificar que lo
solicitasteis. Pedid el justificante en la mesa electoral como
que habéis votado.
MIEMBROS DE LA MESA E INTERVENTORES
En el caso de
presidentes/as, vocales e interventores/as tendrán derecho a permiso retribuido
durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, y de
cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. Cuando se trate de apoderados/as,
el permiso solo corresponderá a la jornada correspondiente al día de la
votación.
Si alguno de los trabajadores/as comprendidos en este
apartado tuviera que trabaja en el turno de noche la jornada inmediatamente
anterior a la jornada electoral, la empresa a petición del interesado/a, deberá
cambiarle el turno a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la
votación.
TODOS/AS
LOS TRABAJADORES/AS DEBEN SOLICITAR JUSTIFICANTE A LA MESA ELECTORAL.