Tras el proceso de consultas en los diferentes centros de trabajo en base al contenido del acta final que alcanzábamos las dos representaciones sindicales mayoritarias en la mesa negociadora de Supersol Spain el pasado día 2 de diciembre, y que ha tenido como resultado una valoración mayoritaria de los centros de trabajo y de los territorios donde existen centros de Supersol, hoy hemos asistido a un proceso de negociación que ha estado marcado por el sorpresivo cambio de posición de la representación de CCOO, que ha supuesto poner en riesgo lo que habíamos alcanzado con el consenso de todos, y abrir la posibilidad de que la empresa volviese a sus posiciones mas duras y de peligro para las condiciones y salarios de los trabajadores.
Ante esta situación desde UGT, hemos dejado constancia que emplearíamos todos nuestros esfuerzos para impedir que la empresa pudiera aplicar de manera unilateral las medidas que de no lograr el acuerdo le obligaban a buscar un mayor efecto económico sobre los salarios de los trabajadores. Planteamiento que por el contrario el resto de componentes de la mesa negociadora han dejado constancia de no parecer importarles, y con ello someter al conjunto de la plantilla a unos recortes desproporcionados. Teniendo en cuenta que el contenido del acta final, fruto de la negociación, salvaguardaba condiciones esenciales, por un lado se garantizaba recuperación de media paga de beneficios para los mas desfavorecidos ( grupo uno), por otro evitábamos los recortes en materia salarial de todos los que la empresa había identificado como desposicionados y evitaba la reclasificacion profesional, además de garantizar incrementos salariales para los años 2017 y 2018. Y unido a todos estos desafueros de la empresa, que hubiesen supuesto recortes en derechos esenciales del convenio, como la eliminación de la cobertura en caso de IT, congelación de la antigüedad, eliminación de pluses y bolsa de estudios.
Por todo ello desde el conjunto de la representación de UGT, una vez que se puso en cuestión los contenidos del acta final, y la empresa anuncio formalmente la comunicación de apertura de expediente de modificación de condiciones e inaplicación de determinados capítulos del convenio. Volvimos a exigir a los firmantes del acta final que actuasen en consecuencia y evitasen junto con nosotros el brutal ataque a las condiciones y derechos de los trabajadores, cuestión que resulto infructuosa y decepcionante, puesto que no supieron estar a la altura de las circunstancias y optaron por eludir su responsabilidad.
Por el contrario la representación sindical de UGT, siendo conscientes de que el resultado final pese a no colmar todas nuestras expectativas, ni satisfacer plenamente los derechos de los trabajadores, debíamos hacer un nuevo esfuerzo en la negociación y retomar el contenido del acta final, que había reflejado los contenidos propios de un principio de acuerdo, y buscar una solución que impidiese la actuación unilateral de la empresa.
Resultados de la negociación
Así lográbamos, que además de los contenidos que ya os habíamos adelantado, planteamos a la empresa, que dadas las expectativas económicas que la propia empresa ha presupuestado, debía garantizarse que al final del convenio pudiesen los trabajadores percibir de manera total o parcial la paga de beneficios, si los resultados netos de la compañía eran positivos. Planteamiento que fue aceptado por la empresa y con ello lográbamos un acuerdo definitivo sobre los siguientes contenidos esenciales, y que como ya habíamos adelantado, con este Acuerdo suscrito por la representación sindical de UGT, hemos logrado que la empresa retire su de afectar salarialmente a los que habían denominado desposicionados salariales y funcionales. Que como recordareis la empresa pretendía una rebaja salarial para estos colectivos que hubiese afectado a mas de 1.000 trabajadores y trabajadoras. Por tanto nadie se vera afectado por reducción salarial por la vía de desposicionamiento ni por estar clasificado en grupo diferente al de las funciones que realiza.
Igualmente logramos que la empresa retire su pretensión de excluir los meses de julio y agosto del derecho al disfrute de vacaciones en las zonas de afluencia turística y periodo de Navidad en el conjunto de la empresa. En consecuencia todos los meses del año son periodo para poder disfrutar las vacaciones en los términos que venia fijando el convenio colectivo.
Con este acuerdo hemos actual regulación del convenio que garantiza el 100% de cobertura desde el primer día en casos de IT y con lo regulado en cada convenio provincial.
Así mismo logramos que la empresa renuncie a su planteamiento de congelar la antigüedad, y en consecuencia se mantiene lo regulado en esta materia en el convenio colectivo y la generación de cuatrienios o quinquenios de acuerdo con los convenios provinciales que mantienen la antigüedad viva.
Por otra parte y atendiendo a nuestra reivindicación hemos logrado que por un lado se recupera para el grupo mas desfavorecido el valor de media paga de beneficios (3%), que tendrá efectividad a partir del año 2016, con una paga por valor del 1%, y el 2017 con una paga por valor del 2% y que quedara consolidado a partir del 2018 por un valor del 3% del salario de garantía que contempla los conceptos recogidos en el convenio colectivo.
Así mismo y como veníamos planteando desde las representaciones sindicales de UGT y CCOO, los salarios bases con consolidación en tablas tendrán un incremento para los años 2017 y 2018 de un 0,1% por cada millón de euros positivos que resulten del EBITDA, con el tope del 2%. Ello en base a las previsiones que para estos dos años prevén los informes económicos que hemos analizado en la mesa negociadora.
Y en la reunión de ayer lográbamos un paso mas en defensa de la recuperación de los compromisos anteriores, recogiendo en una disposición final del nuevo convenio colectivo el compromiso consistente que a la finalización del mismo y en función de los resultados netos de la empresa, las partes negociadoras posibilitaran la fijación de una paga de beneficios por parte o la totalidad de la paga de beneficios que ahora se perdía.
Se fija una homogeneización del pago de los festivos e inventarios ( que tienen el carácter de voluntarios) en una reducción del 30% sobre lo que actualmente se cobra con la garantía de 10 euros por hora de trabajo.
En relación con la pretensiones de modificación de la actual regulación que contiene el plan de empleo en cuanto a la calificación de movilidad geográfica, se fija que se entenderá que no existe movilidad geográfica siempre que se produzca entre localidades limítrofes o existe una distancia inferior de hasta 15km.
Así mismo se fija como referencia para las indemnizaciones en el plan de empleo 28 días de salario por año de trabajo con un tope de 18 mensualidades.
Conviene dejar claro que de no haber habido acuerdo el Plan de Empleo hubiera finalizado su vigencia en diciembre de 2014, y en consecuencia las referencias indemnizatorias hubieran quedado a lo regulado en la legislación, que como sabéis es sustancialmente mas baja.
En base a nuestro planteamiento sobre la integración del plus transporte en la estructura salarial, se fija que el mismo se convertirá en un concepto salarial que no será ni compensable ni absorvible y revalorizable.
En cuanto a la pretensión de la empresa de suprimir los pluses de frío y la bolsa de vacaciones, se acuerda su mantenimiento si bien para el cobro de la bolsa de estudios se fija la necesidad de un año de antigüedad en la empresa.
Finalmente se fija una vigencia de cuatro años para el convenio colectivo.
Valoración positiva
En conclusión podemos deciros que con la firma por parte de la representación de UGT, que ha ejercido su responsabilidad como organización que cuenta con el respaldo mayoritario del conjunto de los trabajadores y trabajadoras de Supersol Spain, estamos garantizando no solo el presente sino también el futuro de las 4.500 personas que integran la plantilla. Siendo conocedores que el resultado final no colma todas nuestras expectativas, pero con el convencimiento de haber puesto todo nuestro empeño en este duro proceso de negociación, que ha estado condicionado por los que desde el primer momento optaron por el boicot al dialogo sin plantear ninguna alternativa a los problemas de los trabajadores y se rodearon de demagogia para enmascarar la realidad y eludirla, y por los que finalmente se descolgaron de un compromiso conjunto y pese a reconocer que la solución que estábamos dando es la acertada no han sabido o no han podido ser consecuentes con sus manifestaciones.
En resumen este es el resultado del compromiso y del esfuerzo de la representación sindical de UGT, que en todo momento se ha sentido respaldada por la mayoría de los trabajadores y trabajadoras que representamos y en base a ello hemos actuado, con el objetivo de la defensa del empleo y sus condiciones.