viernes, 14 de noviembre de 2014

Acuerdo en la Audiencia nacional sobre el derecho en la empresa Leroy Merlín de licencias por enfermedad de pariente con hospitalización

En el conflicto colectivo planteado en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional se suscitaba el alcance del derecho a licencias retribuidas en Leroy Merlín, señaladamente respecto al supuesto de enfermedad con hospitalización de parientes de segundo grado, que por acuerdos colectivos de ámbito de empresa quedaba mejorado el número de días de disfrute, en relación a lo establecido en el convenio colectivo de Grandes Almacenes y en el Estatuto de los Trabajadores:
 
  •          3 días cuando no era necesario el desplazamiento (en lugar de 2 días)
  •          5 días cuando era necesario desplazamiento superior a 300 km. (en lugar de 4 días)
Ante la Audiencia Nacional se ha llegado al acuerdo que supone corregir una práctica empresarial, que exigía que el pariente si cesaba de estar hospitalizado durante todo el tiempo de la licencia retribuida (3 o 5 días como se ha referido), también cesaba el derecho al disfrute de la misma desde el alta hospitalaria.
 
En el acuerdo alcanzado con UGT se aclara que aunque cese la situación de hospitalización del pariente, el derecho a la licencia no decae respecto al periodo pendiente de disfrute, siempre que se mantenga la baja médica por enfermedad del referido pariente, recogiendo así la doctrina del Tribunal Supremo al respecto de las licencias con carácter general por enfermedad de pariente que exige hospitalización.