Los despidos individuales
por causas objetivas, indemnizados con 20 días, se han disparado desde la
entrada en vigor de la reforma laboral. En los dos primeros meses de aplicación
han crecido un 53% respecto al mismo periodo del ejercicio anterior.
La reforma laboral se aprobó
ayer definitivamente en el Congreso de los Diputados, pero los principales
cambios del mercado laboral llevan en vigor desde el pasado 12 de febrero,
cuando el Gobierno los aprobó unilateralmente por decreto. Por tanto, empiezan
a existir ya datos estadísticos que permiten evaluar sus efectos.
Para empezar, los cambios
legales no han impedido que el número de despidos -medido en número de
trabajadores con derecho al desempleo contributivo, que es la mayor
aproximación estadística que existe- de todos los tipos haya crecido en
términos generales un 13%. Así, entre febrero y abril (últimos datos disponibles)
de 2012 los servicios públicos de empleo recibieron el alta de 485.267
despedidos frente a 428.364 de los mismos meses de 2011.
El Gobierno no ha cesado en
su empeño de explicar que la reforma laboral está orientada a que los
empresarios opten por medidas de flexibilidad interna en lugar de despedir en
momentos de crisis. Y es cierto que para ello facilitaron la modificación
sustancial de las condiciones laborales de forma unilateral por parte del
empresario, sobre todo del salario; y el descuelgue de los convenios
colectivos.
Sin embargo, el Ejecutivo al
mismo tiempo abarató y facilitó los despidos, con lo que el resultado de los
primeros meses de aplicación de la reforma laboral es que los empresarios
siguen optando prioritariamente por las extinciones de contrato para ajustar
sus costes. Un riesgo que ya advirtieron los expertos y que se está cumpliendo.
Así, los dos cambios
fundamentales de la reforma para facilitar y abaratar los despidos fueron, por
un lado, clarificar más las causas económicas de las extinciones objetivas que
tienen una indemnización máxima de 20 días por año y un máximo de 12
mensualidades y que ahora son procedentes cuando exista disminución del nivel
de ingresos o ventas ordinarios durante tres meses consecutivos si se compara
cada uno de estos trimestres por separado con el mismo del año anterior. Y, en
segundo, la eliminación de la autorización administrativa en los expedientes de
regulación de empleo (ERE), también indemnizados con 20 días en los casos
extintivos.
Esto ha desembocado en un
aumento del 53% de los despidos individuales por causas objetivas pagados a 20
días, que pasan de 46.219 entre febrero y marzo de 2011 a 70.701 en el mismo
periodo de 2011. Igualmente, el número de despedidos en ERE ha crecido entre febrero
y abril un 30% desde los 20.001 a 25.993.
Si bien es cierto que,
respondiendo a los objetivos del Gobierno, en este periodo de tiempo también se
han incrementado los trabajadores afectados por un ERE solo temporal, como
alternativa a los despidos. Este colectivo estaba formado entre febrero y abril
por 72.803 trabajadores, frente a los 42.742 del mismo periodo del año
anterior, con un aumento del 70%.
Pese a ello, el número total
de afectados por esta última medida queda por debajo de los que fueron despedidos
al amparo de las nuevas leyes laborales, que superaron ampliamente los 100.000.
La causa más común sigue
siendo el fin del contrato temporal
En un país donde uno de cada
cuatro asalariados tiene una relación laboral temporal, la finalización del
contrato eventual sigue siendo la principal causa por la que los trabajadores
se quedan en paro en España y acceden a la prestación por desempleo. De hecho,
de las casi medio millón de nuevas altas en el seguro de paro que se
registraron entre febrero y abril pasados, algo más de 200.000 procedían de la
finalización de un contrato temporal (cuatro de cada diez nuevas altas en la
prestación contributiva).
Tras este colectivo, el
segundo más numeroso de los que accede al seguro de paro, según la estadística
del Ministerio de Empleo, es el formado por una categoría aún inclasificable de
despedidos. Se trata de los parados que en el momento de solicitar la
prestación por desempleo aún desconocen la resolución judicial de su despido.
La mayoría son trabajadores despedidos que recurrirán a los tribunales esta
decisión y el juez decidirá si es procedente o improcedente y en función de eso
fijará la indemnización. En este grupo -que antes de la reforma estaba
mayoritariamente formado por los despidos exprés, que desaparecieron con la
nueva normativa en febrero- se encuadraron poco más de 100.000 trabajadores
despedidos entre febrero y abril. Finalmente hay 6.543 personas que accedieron
a la protección por desempleo por fin del periodo de prueba.