A partir de hoy, 14 de abril de 2021, todas las empresas con personas asalariadas deben tener un registro retributivo o salarial, un documento que deben elaborar anualmente en el que figuren los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de toda la plantilla desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
Estos registros retributivos son una de las herramientas para la lucha contra la brecha salarial entre hombres y mujeres desarrolladas en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Su puesta en marcha supone un gran avance para la lucha contra la discriminación salarial de las mujeres.
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