La Sentencia del Tribunal Supremo 805/2020, de 25 de septiembre, ha supuesto un punto de inflexión, esperemos que definitiva, a la controversia acerca de la realidad de los denominados “riders”, repartidores para las plataformas digitales.
El
Tribunal Supremo, con sentido común, afirma la laboralidad del repartidor y
cierra un debate que nunca debió de haber existido. Ahora es necesario que las
autoridades administrativas tomen cartas en el asunto y finalicen una
situación de fraude insostenible.
Desde
el Servicio de Estudios de la Confederación se ha elaborado un análisis de la
Sentencia que ponemos a vuestra disposición.