El pasado viernes tenía
lugar una reunión extraordinaria del Comité Intercentros de Schlecker.
Tras las noticias
aparecidas en los medios de comunicación sobre la venta de la compañía al grupo
DIA y, ante el transcurso del tiempo sin que se haya producido ninguna
concreción al respecto, los trabajadores y trabajadoras de Schlecker ven como
la incertidumbre empieza a hacer mella en sus ánimos y solicitaban que por
parte de la empresa se produjera algún tipo de comunicación sobre su futuro
inmediato. La dirección de Schlecker-España fue meridianamente clara sobre la
cuestión, y en dicha reunión reiteró un mensaje de tranquilidad a la plantilla,
de forma tal que, hasta que las autoridades de la competencia resuelvan sobre
la idoneidad de que se formalice la transacción, Schlecker sigue apostando
fuerte por el futuro, alegando la continuidad de la ejecución de los proyectos
de expansión, con nuevas aperturas, y de remodelación de tiendas.
Aunque sin duda ese era
uno de los puntos más importantes que el Comité quería afrontar en el orden del
día, ante las reiteradas peticiones que nos llegaban, otros temas fueron
tratados en el encuentro, como son, el recordatorio de la entrega de la
documentación a la que se refiere el art. 64 del Estatuto de los Trabajadores, además
de que se haga de forma periódica sin solicitud previa por parte del Comité.
A la solicitud del
Calendario Laboral para los centros de trabajo de aquellas provincias donde no
existe representación sindical, se informó que se está prorrogando las mismas
condiciones pactadas en el ultimo calendario laboral firmado entre el Comité
Intercentros y la dirección, quedando establecido que, para el próximo año 2013,
se presentaran por ambas partes propuestas para su negociación.
En relación a los
excesos de jornada derivados de las operaciones de cierre y apertura y su
compensación, la empresa remitirá un circular donde dejará patente el
procedimiento. Será en los planes de trabajo y pausa donde quedaran reflejados
la jornada efectivamente realizada por cada trabajador o trabajadora de la
tienda y no el horario comercial. Desde el Comité se hace hincapié en que los
excesos de jornada derivados de las operaciones de cierre se compensarán, como
máximo trimestralmente.
En relación a la
problemática que conlleva el desplazamiento del personal para la recogida/
entrega de llaves fuera de la jornada y su compensación, la dirección va a
estudiar una respuesta que se dará al Comité en un plazo no superior a 20 días.
Así mismo, desde el
Comité se ha detectado que continúan existiendo contratos con la reducción de
horas que las modificaciones del año 2011 conllevaron y que, tras el acuerdo
del SIMA de enero de 2012 deberían de haber pasado ya a sus horas contratadas
en origen, a lo cual la empresa solicita que aquellos casos en los que se de
esa circunstancias sean comunicados para llevar a cabo la rectificación
oportuna.