lunes, 24 de mayo de 2021

DESPIDO COLECTIVO Y GRUPO DE EMPRESAS.

 El fenómeno del Grupo de Empresas y su repercusión en el ámbito laboral es una de las cuestiones de mayor complejidad y actualidad. Tanto se utiliza como fórmula para escapar al cumplimiento de la legislación, ya laboral, ya fiscal, como cuando es una lícita articulación del modelo empresarial.

Nuestra legislación ni define el concepto de grupo de empresas ni es lo suficientemente precisa o detallada respecto a las obligaciones, exigencias y efectos o consecuencias del despido colectivo cuando estamos en presencia de un grupo de empresas. Esta circunstancia ha originado multitud de interrogantes que, a lo largo de los años, ha tenido que ir resolviendo la doctrina de nuestros juzgados y tribunales. La pluralidad de situaciones que aporta el grupo de empresas en ámbitos como la contratación, la responsabilidad ante la Seguridad Social es muy rica, su mezcolanza con otras instituciones como la sucesión y la subcontratación también. Nos centramos en este análisis en la esfera del despido colectivo.

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