El Boletín Oficial del Estado publicado éste martes 30 de Marzo ha endurecido el uso de mascarillas para la protección contra el Coronavirus. El uso de mascarillas establecido por el Gobierno apunta que su uso será obligatorio en cualquier espacio público incluidas las playas, sin importar la distancia a la que se encuentren el resto de personas.
Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
a) En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
b)En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.
Se darán como excepciones:
- Pacientes que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.
- Personas discapacitadas o con dependencia que no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla.
- Personas que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Personas que practiquen deporte individual al aire libre.
Ésta nueva Ley estará en vigor hasta que se declare la finalización de la crisis sanitaria.
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