La progresiva incorporación de las nuevas tecnologías está teniendo incidencia en las relaciones de trabajo provocando una especial transformación en la organización de la actividad laboral. Prueba de ello es que, habitualmente, los empresarios facilitan a sus trabajadores una cuenta de correo electrónico.
También para los representantes de los trabajadores el uso del email supone un contacto rápido con las personas afiliadas y trabajadoras, y les permite una transmisión ágil de la información sindical.
En el documento que os adjuntamos, realizado por el Servicio de Estudios de la Confederación, se analiza el contexto legal y jurisprudencial, que habilita a dichos representantes de los trabajadores a utilizar el correo electrónico con fines sindicales, así como su regulación en los convenios colectivos.
Esperamos os sea de utilidad.
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