lunes, 18 de mayo de 2020

FLEXIBILIZACIÓN DE DETERMINADAS RESTRICCIONES DE ÁMBITO NACIONAL

Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Estas medidas, que corresponden al progreso de unidades territoriales a la Fase I, la Fase II y la flexibilización de la Fase 0.

Cerca del 70 por ciento de la población española (32 millones de personas) se encuentra desde este lunes en Fase I y el 30 por ciento (14 millones) permanece en una Fase 0 flexibilizada
La orden ministerial cuenta como novedad con la Flexibilización de la Fase 0 en diversos ámbitos.
Así, en las zonas que se mantienen en la Fase 0, los locales y establecimientos comerciales con menos de 400 metros cuadrados podrán abrir sin cita previa para la atención individual de clientes.
Los lugares de culto religioso tendrán una limitación de un tercio del aforo, mientras que en los velatorios la limitación será de 10 personas.
En el ámbito del deporte profesional y federado se podrán realizar entrenamientos individuales, básicos y medios, junto con la apertura de centros de alto rendimiento que deberán aplicar medidas de protección e higiene reforzadas.
A estas medidas se suman otras vinculadas a la educación y universidades, ciencia en innovación y actividades culturales, desarrolladas en la orden.  

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario