Con origen en el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo se establecen las distintas posibilidades en la variación de las condiciones de los ERTE para reactivar la economía de manera progresiva y sostenible para las empresas.
¿QUÉ MODIFICACIONES PUEDO COMUNICAR SOBRE EL ERTE COVID-19 DE MI EMPRESA Y CÓMO TENGO QUE COMUNICÁRSELAS AL SEPE?
Se pueden dar las siguientes situaciones que modifiquen las medidas iniciales del ERTE:
1. La empresa incorpora a todos o a algunos trabajadores a la actividad.
Se utilizará el modelo de formulario BAJAS ERTE que está en el Espacio C OVID-19 del SEPE, en https:/ / sepe.es/HomeSepe/COVID-19/ informacion-empresas.html.
2. La empresa reduce la jornada de todos o algunos de sus trabajadores en suspensión.
Enviará por el registro electrónico común (REC) https:/ / rec.redsara.es/ registro/ action/ are/ acceso.do, remitido a la Dirección Provincial del SEPE correspondiente al centro de trabajo:
1) La baja en la prestación de los trabajadores a través del modelo BAJAS ERTE.
2) El alta de la prestación en el impreso de SOLICITUD COLECTIVA, indicando en la casilla % reducción jornada el porcentaje de reducción de jornada a aplicar en adelante.
3. La empresa incorpora a jornada completa a todos o a algunos de sus trabajadores y todos o algunos días de la semana.
Se comunicará a través de certific@2 - Comunicación de Periodos de Actividad los días trabajados.
4. La empresa incorpora a todos o a algunos de sus trabajadores algunos días de la semana.

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