Tras la publicación del RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma en todo el país, hemos actualizado nuestro resumen:
1.- SUSPENSIÓN DE TODAS LAS ACTUACIONES JUDICIALES PROGRAMADAS Y DE LOS PLAZOS PROCESALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID, País Vasco y partidos judiciales de Haro e Igualada con efectos desde el 13 DE MARZO DE 2020 y por tiempo indefinido.
2.- SUSPENSIÓN DE TODAS LAS ACTUACIONES JUDICIALES PROGRAMADAS Y DE LOS PLAZOS PROCESALES EN EL RESTO DE ESPAÑA, con efectos desde el 14 DE MARZO DE 2020 y mientras dure el Estado de Alarma.
3.- EN LA COMUNIDAD DE MADRID PASAN A SER INHÁBILES A EFECTOS ADMINISTRATIVOS los días entre el 13 de marzo y el 26 de marzo.
SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS EN TODO EL PAÍS desde el 14 de marzo y mientras dure el Estado de Alarma.
4.- Quedan suspendidos en todo el país los PLAZOS de PRESCRIPCIÓN y CADUCIDAD de cualesquiera acciones y derechos durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma.
