viernes, 9 de abril de 2021

DECLARACIÓN RENTA EN UGT MADRID

A partir del día 12 de Abril ya se puede pedir cita previa para hacer la Declaración de la Renta en UGT Madrid llamando a los teléfonos 630.02.66.51 y al 669.72.18.70 de lunes a viernes de 10.00 a 14.00 horas.
 Por motivos de la pandemia, el servicio será únicamente telefónico, llamando los técnicos encargados de realizarlas el día y la hora que haya sido concertado a través de la cita previa.

Documentación a aportar:

-Renta o borrador presentada el año pasado, DNI y no de cuenta corriente actualizada.
-DNI del declarante, cónyuge y descendientes de más de 14 años en el año 2020.
-Nº de cuenta en la que se quiere domiciliar el pago o la devolución.

Documentación en función del tipo de Declaración a presentar:

- En caso de tener una vivienda alquilada: Fecha del contrato de alquiler, importe que recibe en concepto de alquiler, gastos generados (seguro, IBI, comunidad, reparaciones, etc...) y NIF del/los inquilino/s. Además deberá facilitar la fecha de compra o herencia del inmueble. El valor en escritura de dicha compra o herencia y los gastos que soportó (notaría, registro, impuestos AJD- TP o IVA, etc.). En caso de haber realizado reparaciones en la vivienda en 2020 deberán facilitar los siguientes datos de la factura correspondiente, el CIF o DNI de quien realizó la reparación y el importe de la misma. En el caso de tener alquilada la vivienda a través de una agencia, deberá aportar el CIF de la empresa y el importe del gasto correspondiente. 

- En caso de vivir en una vivienda alquilada: contrato de alquiler, NIF del arrendador, importe que paga de alquiler, referencia catastral del inmueble y justificación de haber liquidado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. 

- Venta de Vivienda u otros inmuebles: Todas las escrituras (herencia o compra y venta) y gastos relacionados con cada una de ellas (notario, registro, gestoría e impuestos), hipotecas y recibo del IBI, plusvalía pagada por la venta.

- Acciones: Fecha de compra y de venta. Valor de compra y de venta. 

- Importe recibido del plan PIVE o cualquier otro tipo de subvención pública. 

NOTA: Los compañer@s que se hayan visto afectados por ERTE ́s están obligados a la presentación de la Declaración, al tener como segundo pagador al SEPE.






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