Ha sido una camino largo, puesto que este caso se lleva litigando desde el mes de mayo del 2010, al solicitar una trabajadora una reducción de jornada de lunes a viernes de 10 a 15 horas para cuidar a un familiar con una enfermedad que no le permite la deambulación autónoma y que requiere del uso de silla de ruedas. Desde un primer momento la empresa se cerró en banda al horario que le solicitaba, ya que concedía que la trabajadora redugera horas pero dentro de su horario laboral. Alcampo es una empresa dentro del convenio de Grandes Almacenes, con personal base con una jornada de trabajo de lunes a domingo y con un horario extenso, pues abarca de 9 a 22.15horas. Al final el juez ha estimado, con sentencia firme, que esta trabajadora debe y puede conciliar su vida personal y laboral.
UGT siempre ha defendido la conciliación de la vida familiar y la vida laboral, y con esta sentencia, una vez más, podemos decir que todos los esfuerzos han merecido la pena.